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Corte de Punta Arenas ordena reintegrar a gendarme llamada a retiro por consumo medicinal de Cannabis sativa.

Primer caso de reintegración laboral a un gendarme en Punta Arenas, después de ser desvinculado temporalmente y llamado a retiro por el uso medicinal de Cannabis .

Esto marca un hito en el sistema penal chileno, ya que se reconoce el uso medicinal de Cannabis en una funcionaria de una de las instituciones mas rígidas como lo es gendarmería.

El pasado 11 de noviembre de 2019 se resolvió dejar sin efecto las medidas adoptadas por parte del director nacional de gendarmería a una gendarme usuaria de Cannabis medicinal, en el cual se forzó a un «Retiro Temporal», sin sueldo ni beneficios por el tiempo que duro el procedimiento.

Con la ayuda de nuestra asesoría legal y equipo medico, se logro demostrar ante la corte que la paciente estaba haciendo uso medicinal de Cannabis, tal como lo permite la ley 20.000. El tribunal concluyó recordando que «si bien el acto administrativo que se impugna, cita el artículo 14 de la ley 20.000 que sanciona como delito el consumo de sustancias ilícitas, dicha norma establece una excepción», la cual refiere a uso, consumo o porte justificado en atención de tratamiento médico.

En fallo unánime (causa rol 736-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Isabel San Martín, Marcos Kusanovic y el fiscal judicial (i) Pablo Miño– ordenó a Gendarmería dejar sin efecto la resolución exenta del 26 de junio de 2019, que dispuso el retiro temporal de la recurrente, ordenando su reintegro y el pago de las remuneraciones devengadas desde su salida hasta su total reincorporación. Aquí se establece un claro precedente que el uso de Cannabis esta justificado para uso médico incluso en gendarmes y policías.

Les dejamos la resolución completa para que la lean y saque sus propias conclusiones.

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Les dejamos los links en donde podrán encontrar la noticia en distintos medios de comunicación.

El Dinamo
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